Comisiones Obreras de Aragón | 25 abril 2024.

CCOO recurrirá la sentencia que anula parte del convenio del Ayuntamiento de Zaragoza

    CCOO recurrirá la sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de Zaragoza que declara nulo el artículo 11: Jornada de Trabajo del Convenio colectivo para el personal laboral del Ayuntamiento de Zaragoza.

    24/05/2017.
    Ayuntamiento de Zaragoza

    Ayuntamiento de Zaragoza

    Tras la sentencia que anula el artº 11 del Convenio, CCOO manifiesta:

    En contra de lo que dice la citada sentencia, el Ayuntamiento y los sindicatos firmantes no hemos pretendido actuar nunca en fraude de ley. La redacción del artículo anulado no dice, en ninguno de sus puntos, que el personal laboral del Ayuntamiento de Zaragoza vaya a realizar una jornada de trabajo inferior a la establecida para todas las administraciones públicas en la Ley de Presupuestos del Estado.

    Lo que se recoge es una distribución y organización de la jornada de trabajo.

    La propia sentencia dice en el punto segundo de los “Fundamentos de Derecho” que la jornada establecida en el Convenio impugnado se ajusta a las previsiones legales establecidas. Si bien la jueza hace una valoración subjetiva del texto ya que afirma que la redacción del artículo 11 del Convenio “no busca el cumplimiento de la ley, sino que su sorteamiento creando una mera apariencia de legalidad para recuperar la jornada de 35 horas”. Y lo justifica en base a noticias de prensa aportadas como prueba por la Abogacía del Estado. De ellas que deduce que hay fraude de ley.

    Esta afirmación no es cierta. La jueza presupone un hecho: que no se va ejecutar la formación. Hecho que en todo caso se podrá verificar a 31 de diciembre, pero no a 23 de mayo.

    CCOO va a recurrir esta sentencia por considerar que, sobre la base de que la jornada es legal, tal y como la sentencia reconoce, lo que se pone en cuestión es la voluntad para realizarla. Sin que haya ningún indicador objetivo que la ponga en cuestión.

    La sentencia, que viene a ratificar los argumentos de la abogacía del Estado, es un claro ejemplo de cómo anular la capacidad de negociación del Ayuntamiento con la representación sindical sobre las condiciones laborales de su plantilla, y la autonomía municipal para distribuir la jornada de trabajo de sus trabajadoras y trabajadores.