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TABLA DE COOKIES UTILIZADAS | ||||
Cookie | Duración | Tipo | Propósito | Intrusividad |
PHPSESSID, SERVERID, Incap_ses_*_* y visid_incap_* | Sesión | Imprescindibles | Mantener la coherencia de la navegación y optimizar el rendimiento del sitio web | 1 |
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Google Analytics (_gat, _gid y _ga) | 24 horas | Analítica, de terceros (Google) | Permitir la medición y análisis de la navegación en las páginas web | 3 |
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Comisiones Obreras de Aragón | 29 marzo 2023.
Publicaciones
Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de Oportunidades, No discriminación y Accesibilidad Universal (LIONDAU)
Esta ley tiene por objeto establecer medidas para garantizar y hacer efectivo el derecho a la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad, conforme a los artículos 9.2, 10, 14 y 49 de la Constitución. A estos efectos, se entiende por igualdad de oportunidades la ausencia de discriminación, directa o indirecta, que tenga su causa en una discapacidad, así como la adopción de medidas de acción positiva orientadas a evitar o compensar las desventajas de una persona con discapacidad para participar plenamente en la vida política, económica, cultural y social. Esta ley se aplicará en los siguientes ámbitos: a) Telecomunicaciones y sociedad de la información. b) Espacios públicos urbanizados, infraestructuras y edificación. c) Transportes. d) Bienes y servicios a disposición del público. e) Relaciones con las Administraciones públicas.
Real Decreto 1417/2006, de 1 de diciembre, sistema arbitral para resolución de quejas en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación, ...
El sistema arbitral se establece, sin formalidades especiales, para atender y resolver con carácter vinculante para ambas partes, las quejas o reclamaciones de las personas con discapacidad en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal, siempre que no existan indicios racionales de delito, todo ello sin perjuicio de la protección administrativa o judicial que en cada caso proceda. El sometimiento de las partes al sistema arbitral será voluntario y deberá constar expresamente por escrito
Ley 49/2007, de 26 de diciembre, que establece el régimen de infracciones y sanciones en materia de Igualdad de oportinidades, no discriminación ...
La presente Ley tiene por objeto establecer el régimen de infracciones y sanciones que garantizan las condiciones básicas en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad . El régimen de infracciones y sanciones que se establece en la presente Ley será común en todo el territorio del Estado y será objeto de tipificación por el legislador autonómico, sin perjuicio de aquellas otras infracciones y sanciones que pueda establecer en el ejercicio de sus competencias. Las Comunidades Autónomas establecerán un régimen de infracciones que garantice la plena protección de las personas con discapacidad, ajustándose a lo dispuesto en la presente Ley. Asimismo, se establece el régimen específico de infracciones y sanciones aplicable por la Administración General del Estado.
LEY 49/2007, de 26 de diciembre, que establece el régimen de infracciones y sanciones en materia de iguadad de oportunidades, no discriminación y ...
LEY 49/2007, de 26 de diciembre, que establece el régimen de infracciones y sanciones en materia de iguadad de oportunidades, no discriminación y ...
Desarrollo Ley Dependencia: RD de intensidad de los servicios y cuantías económicas.
RD 727/2007 por el que se regula la definición de los nuevos servicios a los que se tiene acceso, la intensidad con la que deberán ser prestados para cada grado y nivel de dependencia; así como las cuantías económicas que de forma excepcional contempla la ley.
Desarrollo Ley Dependencia: RD de intensidad de los servicios y cuantías económicas.
Desarrollo Ley Dependencia: RD de intensidad de los servicios y cuantías económicas.
Ley de la Dependencia
Ley 39/2006 para la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.